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27 de enero de 2010
-En Santiago-
TRIBUNAL ENCUENTRA CULPABLES A ESTACIONES DE COMBUSTIBLE POR PRÁCTICAS MONOPOLÍSTICAS.
La Estación Shell (El Cruce, S.A.); Comerciales Canto del Llano, S.A.; Estación HERMANOS Terreros Botacio, S.A.; Cooperativa de Transporte Joaquina H. de Torrijos, R.L. (COOTRAJOHT, R.L.), fueron encontrados culpables por el Juzgado Segundo de Circuito de lo Civil de Veraguas por el delito de prácticas monopolística absoluta o colusión en la fijación de precio de venta de combustible.
La demanda por prácticas monopolísticas absolutas, consistía en la coordinación y fijación del precio de venta de combustible durante el año 2005 entre 6 agentes económicos que operaban 8 estaciones de combustible en la Ciudad de Santiago para el año 2005.
Durante la etapa de práctica de pruebas, el equipo litigante de ACODECO pudo aportar testimonios y documentación que acreditaron la existencia de una coordinación entre estaciones de combustibles demandadas para fijar los precios de venta de combustible, evidenciada, igualmente, de las cifras que arrojaron los análisis económicos en base a encuestas de precios, introducidos al proceso a través de su cuerpo de peritos
Cabe mencionar que el mismo Juzgado Segundo de Circuito de lo Civil de Veraguas absolvió a los también demandados comercios Estación Shell Veragüense, S.A. y el señor ERIC ESPINO C.
Algunas empresas han decido apelar en contra del fallo aludido. Una vez en firme la sentencia, la práctica monopolística absoluta que se le atribuye a los demandados en este proceso judicial puede ser sancionada con multas de hasta cien mil balboas (B/.100,000.00), por razón de la norma vigente al momento de la comisión de la práctica. Con la nueva Ley 45, dichas multas fueron aumentadas hasta un millón de balboas (B/.1,000,000.00).
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